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Noticias y Publicaciones

El Departamento de Hacienda emite  periodicamente determinaciones administrativas,  cartas circulares  y boletines informativos para informar sobre cambios o modificaciones en los procedimientos internos del Departamento.

Noticia 

Carta Circular  de Rentas Internas  Número 16-10

​Procedimiento para la evaluación de planes de pago â€‹

Entre los requisitos está un pronto pago que fluctúa entre el 25% y 40% de la deuda contributiva .

El periodo de pago fluctúa entre 12 meses y 60 meses dependiendo de la cantidad de la deuda.

Noticia

Leyes Laborales​

Reglamento 13: Empleados Exentos

En Puerto Rico, están exentos de las Leyes de salario mínimo , vacaciones, licencia por enfermedad, limitaciones a la jornada  diaria y semanal de trabajo y periodo de alimentos , los ejecutivos, administradores, profesionales, comisionistas y vendedores en la calle y personas altamente compensadas (cuya compensación exede  $100,000.00 al año). El reglamento define cada una de éstas clasificaciones y están sujetas a cambio.​

Noticia

Departamento de Hacienda - Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011.

Los contribuyentes que ejercieron la elección de tributar bajo la opción 94  del Código de Rentas Internas de Puerto Rico, esta elección terminó con la radicación de la planilla de Contribución sobre ingresos del año 2015.

Aquellos contibuyentes que deducían hasta el 50% de los ingresos ordinarios por pérdidas corrientes y/o arastradas de una sociedad especial, no podrán aplicar dichas pérdidas contra ingresos ordinarios. Solo podrán aplicarlas contra otras ganancias de sociedades especiales de año.

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Publicación

Carta Circular 16-12  Departamento de Hacienda

Con el nuevo sistema electrónico  SURI  todos los Certificado de Registro de Comerciantes emitidos  de conformidad con las disposiciones de la Sección 4060.1 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011deberán ser actualizados con nuevos certificados emitidos  a través de SURI y con nuevas características.

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Publicacion

Determinación Administrativa 17-07

​A partir del mes de septiembre de 2017 aquellos comerciantes cuyo volumen mensual  de impuesto sobre ventas depositado durante el año natural anterior exceda de $2,000.00 están obligados a remitir el IVU en plazos quincenales que cubre los días 15 y 31 de cada mes.

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Lectura adicional

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